
Quedan modificados los siguientes apartados de la Orden del 27 de noviembre de 2008:
Artículo 9, apartado a), relativo a la definición de costes de personal quedando redactado de la siguiente manera:
"Costes de personal (investigadores, técnicos y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la entidad solicitante), entendiendo por tales tanto los costes directos como los indirectos. En los gastos indirectos se podrán incluir los gastos generales, entendiendo por tales los gastos del proyecto que por su naturaleza no se puedan imputar de forma directa por no poder individualizarse, según el anexo que se adjunta a la resolución de la concesión".
Artículo 9, apartado f), relativo a los gastos subvencionales, que son los siguientes:
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, siempre y cuando esté dedicado exclusivamente al proyecto de investigación).
- Gastos de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. En caso de que el instrumental no se utilice en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización que correspondan a la duración del mismo.
- Costes de consultoría y de servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación (costes de investigación contractual, costes de conocimientos técnicos y costes de patentes) adquiridos en fuentes externas a precios de mercado.
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
A las solicitudes presentadas durante el ejercicio 2009 y a las que se presenten en virtud de la convocatoria anticipada para el ejercicio 2010 les será de aplicación, igualmente, estos gastos subvencionables.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 2 de junio de 2010.
Las solicitudes y demás documentación complementaria se presentarán en la SPRI (Alameda Urquijo, nº36-4ª planta (Edificio Planta Bizkaia) y además, se podrán cumplimentar en la dirección de internet www.spri.es/idi/idi.
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